sábado, mayo 4, 2024
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Por cierre de juzgados, pensiones alimenticias se rezagan

Como absurdo calificaron abogados la decisión del Poder Judicial del Estado de cerrar de forma permanente los juzgados familiares de la ciudad.

El Colegio de Abogados de Coatzacoalcos, solicitó a esta institución reconsiderar dicha medida en Veracruz, pues  con esto no se procura la impartición de justicia para la sociedad.

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Juicios para demandar pensión alimenticia en Coatza serán de los principales afectados por el cierre de juzgados, ante la gran carga de trabajo que existe.

Joaquín Blanco Ramos, presidente del organismo, aseveró que no se le puede dar mayor carga de trabajo a los actuarios, por lo que exhortó a las autoridades judiciales que tomen en cuenta a los abogados y las familias que esperan la resolución de sus expedientes.

“Los juzgados desde su creación no tenían  gente preparada en materia familiar, en segundo lugar su personal es muy escaso, muy limitado, el número de oficiales de mesa, cuan do mucho cinco mesas, actuarios cuando mucho dos, en el Juzgado Décimo que va a tener una carga de más de 3 mil 500 expedientes del Juzgado Sexto no tiene actuario”, indicó.

Agregó que por la pandemia de coronavirus se incrementaron las demandas de tipo familiar, por lo que es necesario que se retome el trabajo en los juzgados décimo cuarto y décimo sexto en Coatzacoalcos.

Los expedientes de ambos juzgados serán remitidos a los Octavo y Décimo, con ello se estima sean más de 11 mil los expedientes que esperarán tramite o resolución.

El Colegio de Abogados, estuvo acompañado por otros organismos de litigantes que se unieron para señalar que el Poder Judicial del Estado está actuando de  forma irresponsable al poner por encima de la ley y la justicia el supuesto ahorro por cerrar 29 juzgados en Veracruz.

Por cierre de juzgados, juicios de pensión alimenticia se rezagan

¿Cómo se calcula a pensión alimenticia?

El monto mínimo para dar una pensión de alimentos es de 15  por ciento de las percepciones del tutor. Esta cifra es por hijo.

Sin embargo, un juez puede hacer un cálculo económico dependiendo de cada situación y se basará en los siguientes conceptos:

Zona donde habita la pareja demandada.

Número de hijos.

Capacidades especiales de cualquiera de los involucrados (hijos o tutores).

Deudas que tenga la persona demandada (créditos, préstamos o hipotecas).

Salario percibido.

De esta forma la pensión alimenticia podría ser desde el 15 por ciento hasta el 30 por ciento del sueldo percibido del tutor demandado, aunque dependiendo de las condiciones del demandado, el monto de la pensión puede subir o reducirse.

¿Cómo se pide la pensión alimenticia?

Para pedir una pensión alimenticia se debe presentar una denuncia en un Juzgado familiar. La pensión debe pedirla el padre que tenga la patria potestad de los hijos, el tutor legal o familiares de hasta cuarto grado, incluso lo puede solicitar el propio Ministerio Público.
En el caso de que la pensión sea para un ex cónyuge, este debe comprobar que se dedicaba a las labores del hogar.

Para presentar la denuncia, se requiere el acta de nacimiento de los menores, el acta de matrimonio, solo en el caso de que la cónyuge no tenga trabajo o se haya dedicado al hogar durante el matrimonio. También se debe presentar una lista de gastos relacionada a las necesidades de los hijos.

El demandado debe presentar comprobantes de ingreso para establecer cuánto gana y qué porcentaje tiene que entregar, en el caso de que mienta en sus ingresos, será sujeto a sanciones administrativas y hasta penales. La morosidad en la pensión aplica si se deja de pagar en 90 días.

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