jueves, abril 18, 2024
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Claudia Balderas vota contra regulación de la marihuana

Aunque la votación en el Senado de la República para la regulación del cultivo, producción, distribución, venta y consumo para uso lúdico de la marihuana.

Sin embargo, y pese a que se avaló por abrumadora unanimidad la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal, la senadora de Morena por Coatzacoalcos, Claudia Balderas Espinoza, votó en contra.

En sus redes sociales la legisladora porteña justificó su voto en contra al asegurar que los niños y adolescentes estarían expuestos al consumo, “voté en contra de la regulación de uso de cannabis para uso lúdico. La regulación del consumo recreativo de la marihuana, sin duda, ataca otros problemas como el mercado ilícito y el crimen organizado, pero no inhibirá el consumo y si no se cuida cada detalle de la regulación afectará a uno de los grupos más vulnerables de nuestra sociedad, que son las niñas, niños y adolescentes, como en el caso del alcohol y tabaco”, señaló la senadora.
Agregó que “un cerebro que aún no termina de desarrollarse, como es el caso de un niño o un adolescente, es vulnerable a cualquier tipo de droga”.

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En lo referente a la votación de artículos reservados se dio de la siguiente manera, 72 a favor, 13 en contra y dos abstenciones, mientras que en la votación en lo general y los artículos no reservados fueron 82 a favor, 18 en contra y siete abstenciones.

¿Pero qué se aprobó en el Senado? Bueno, la Ley Federal para la Regulación del Cannabis consta de 64 artículos y 16 artículos transitorios. Además se crea el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis, el cual será un órgano desconcentrado de la Secretaría de Salud. Expedirá las licencias para el cultivo, producción, distribución y venta de mariguana y proporcionará información de las consecuencias y efectos perjudiciales vinculados a su consumo.
Por otro lado el consumo adulto de mariguana en domicilios se podrá realizar siempre y cuando no haya menores de edad presentes pero queda prohibido en áreas de trabajo, públicas o privadas. En la nueva legislación se establece que el consumo para fines médico, farmacéutico o paliativo, se regirá por lo dispuesto en la Ley General de Salud.

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