La diputada Tania María Cruz Mejía y el diputado Ramón Díaz Ávila presentaron al Pleno del Congreso del Estado la iniciativa que busca reformar el Código Penal estatal para establecer la imposición de uno a tres años de prisión, hasta cien días de trabajo en favor de la comunidad y 150 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien imparta u obligue a otra persona a recibir una terapia de conversión o de esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género.
De acuerdo con la propuesta legislativa se entiende por terapias de conversión o de esfuerzos para corregir la orientación sexual e identidad de género, aquellas prácticas consistentes en sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tenga por objeto anular, obstaculizar, modificar o menoscabar la expresión o identidad de género.
Así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.
Si la terapia de conversión se hiciere en un menor de 18 años, o persona que padezca alguna discapacidad, o no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, o persona que no tenga capacidad de resistir la conducta, se aplicará la pena máxima y se perseguirá de oficio.
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Al participar en tribuna, la diputada Tania María Cruz Mejía subrayó que la iniciativa adicionaría una fracción VI y un penultimo párrafo al artículo 196 del Código Penal del Estado para penalizar las terapias de conversión en Veracruz, que conlleva la prohibición de estas prácticas que atentan y vulneran los derechos de las personas que son sometidas a estos actos.
Penalizarían en Veracruz las terapias de conversión de género
Posteriormente, recordó que fue en 1991 cuando surge por primera vez la Terapia reparativa, misma que se planteó como un modelo terapeutico que permitiera cambiar de la homosexualidad a la heterosexualidad. “En 2012, la Organización Mundial de la Salud estableció que las Terapias de Conversión donde se busca corregir la orientación sexual de una persona carece de justificación médica y representa una amenaza a la salud mental”, agregó.
Dijo que a pesar de la citada prohibición y recomendación que han hecho organismos internacionales de salud, en México siguen ocurriendo estas prácticas y se llevan a cabo a falta de un ordenamiento jurídico. “En la actualidad solamente ocho estados han legislado en la materia para su prohibición y son: Ciudad de México, Estado de México, Tlaxcala, Colima, Zacatecas, Yucatán, Baja California Sur y Jalisco que el pasado 7 de abril del año en curso, aprobó su prohibición”, destacó.
Asimismo, indicó que aun cuando no hay cifras oficiales sobre el número de personas que son sometidas a las terapias de conversión o Ecosig (Esfuerzos por corregir la orientación sexual e identidad de género) en Veracruz, si hay conocimiento que siguen vigentes y la evidencia indica que todas las personas que las han padecido sufren graves secuelas físicas o emocionales.
La iniciativa fue turnada para su estudio y dictamen a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.